¿Cómo saber si debes ejecutar la utilería?

 
 
Si después de realizar el proceso de Migración o Fusión de ADDs, no te es posible realizar la impresión o entrega de los recibos de nómina, puede ser que CONTPAQi® Nóminas haya quedado “desincronizado” con los documentos del ADD.
 
Si ocurre esto, los procesos en los cuales se podrían presentar problemas son:
 
  • Envío masivo de recibos electrónicos
  • Impresión de recibos electrónicos
  • Cancelación de recibos electrónicos
  • Emisión de recibos electrónicos 
 
 
  • Envío masivo de recibos electrónicos
    No se podrán enviar por correo electrónico los recibos que se encuentren bajo esta situación.
    El síntoma es que en la bitácorate indicará que no se enviaron los recibos y se mostrará el siguiente mensaje:
    Sin Enviar (160706:Error ADD: Entrega - File ,Error no controlado al momento de obtener el documento para entrega.)
 
 
 
  • Impresión de recibos electrónicos
    No se podrá encontrar los correspondientes documentos, por tal motivo No se muestra la información en el formato.
     
 
 
  • Cancelación de recibos electrónicos
    Al realizar el proceso de Cancelación, podría darse le caso de que los documentos queden cancelados en el SAT y que en el ADD se actualice el estado a cancelado; sin embargo, el estatus en Nóminas seguirá indicando que están timbrados.
     
    Lo anterior debido a que se cancelan los CFDI por medio del UUID, pero al momento de actualizar el estado en la base de datos de Nóminas, este se hace por medio del campo GUIDDSL, al no encontrar la correspondencia con este campo, no se actualiza el estado.
     
     
    Emisión de recibos electrónicos
    En este proceso se podrían ver afectados los documentos con estatus Emitido en base de datos si ya se encuentran timbrados en el SAT. Si se da esta situación no se podrá encontrar el documento, por lo cual el proceso de timbrado asumirá que no existe y lo volverá a timbrar, ocasionando que en el SAT pudiera duplicarse el CFDI. 
 
 
Otro síntoma resultado de esta situación es que los recibos que fueron cargados al ADD de Contabilidad previo a la fusión y que presentan el problema de duplicidad, después de la fusión, los CFDI no tendrán la metadata que el sistema de Nóminas añade a los recibos cuando se timbran.