Marco Legal

 
 
Artículo DÉCIMO transitorio LISR
 
La Ley de ISR, en su artículo DÉCIMO transitorio, fracción I permite realizar el cálculo del subsidio al empleo cuando el pago del salario se realice en periodos menores a un mes y establece que la suma de todos los pagos de subsidio que se realizaron en el mes no podrá exceder del monto que corresponde a la tabla mensual.
...
En los casos en los que los empleadores realicen pagos por salarios, que comprendan periodos menores a un mes, para calcular el subsidio para el empleo correspondiente a cada pago, dividirán las cantidades correspondientes a cada una de las columnas de la tabla contenida en esta fracción, entre 30.4. El resultado así obtenido se multiplicará por el número de días al que corresponda el periodo de pago para determinar el monto del subsidio para el empleo que le corresponde al trabajador por dichos pagos.
 
Cuando los pagos por salarios sean por periodos menores a un mes, la cantidad del subsidio para el empleo que corresponda al trabajador por todos los pagos que se hagan en el mes, no podrá exceder de la que corresponda conforme a la tabla prevista en esta fracción para el monto total percibido en el mes de que se trate.
...
 
 
Artículo 96 LISR. Cálculo de retenciones mensuales
 
"Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.
 
La retención se calculará aplicando a la totalidad de los ingresos obtenidos en un mes de calendario".
 
 
Artículo 176 del Reglamento de la Ley del ISR
 
"Las personas obligadas a efectuar retenciones en términos del  artículo 96  de la Ley, cuando hagan pagos que comprendan un periodo de siete, diez o quince días, podrán optar por efectuar la retención de acuerdo con lo establecido en dicho artículo, o bien, aplicando a la totalidad de los ingresos percibidos en el periodo de que se trate, la tarifa del artículo mencionado, calculada en semanas, decenas o quincenas, según corresponda, que para tal efecto publique en el Diario Oficial de la Federación el SAT".
 
 
 
Guía de llenado del complemento de Nómina 1.2
 
En la actualización a la Guía de llenado del CFDI de Nóminas, publicada el 14 de octubre de 2019 se incorpora el mecanismo de ajuste al Subsidio para el empleo causado, cuando se realizan pagos por periodos menores a un mes.
 
 
Apéndice 7 Procedimiento para el registro del ajuste al Subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por periodos menores a un mes.
 
Para poder realizar el ajuste, se adicionan nuevas claves en los catálogos c_TipoDeduccion y c_TipoOtroPago
 
c_TipoDeduccion
c_TipoOtroPago
107 Ajuste al Subsidio Causado
007 ISR Ajustado por subsidio
 
008 Subsidio efectivamente entregado cuando no le correspondía