Operaciones en franja fronteriza
Configuración de Productos/Servicios
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Importante:
Dentro de la RFN la Tasa de IVA la define el Producto/Servicio de acuerdo al catálogo ClaveProdServ del SAT.
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En este escenario lo recomendable es realizar una configuración por Producto y Servicio, para ello deberás dar de alta tu Impuesto Base IVA 8% y asignar dicho impuesto a los Productos y Servicios.
Alta de impuesto Base IVA 8%:
Paso
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Acción
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Ingresa al menú CONTPAQI COMERCIAL y haz clic sobre el botón Opciones.
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En la siguiente ventana haz clic en la opción Impuestos
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En la parte derecha, sobre la pestaña Base, haz clic sobre el impuesto IVA y posteriormente captura lo siguiente:
Al ser un impuesto trasladado NO se habilitará la casilla Retención.
Haste este momento solo se dio de alta el impuesto Base IVA 8%, el cual podrás utilizar con los impuestos compuestos.
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Selecciona la pestaña Compuestos, en el último renglón agrega la leyenda IVA 8%.
Posteriormente, en la parte derecha sobre la columna Impuesto, despliega la lista y selecciona el impuesto base IVA 8%
Si tienes un impuesto compuesto, para productos que manejen el IEPS como tasa o cuota, deberás crear un impuesto compuesto con la tasa de IVA al 8%, ejemplo:
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Para guardar los cambios realizados haz clic en el botón Aceptar.
Con esta configuración ya puedes configurar los productos con la tasa de IVA al 8% y realizar la captura de documentos.
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Asignar Impuestos a productos y servicios:
Paso
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Acción
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Ingresa a la sección Productos y Servicios, posteriormente haz clic en el módulo Productos o Servicios.
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En la parte derecha haz doble clic en el producto que deseas modificar la tasa de IVA.
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Una vez abierto el producto, da clic en el botón Precios.
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En el apartado Impuestos define el IVA al 8%.
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Haz clic en Guardar & Cerrar para registrar los cambios.
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Captura de documentos:
Al capturar los movimientos de un documento, el tipo de impuesto se tomará del catálogo de productos y servicios.
En la parte inferior, en la opción Impuestos, visualizarás los importes por cada tasa.
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Importante:
Recuerda que a partir de la entrada del decreto para el IVA al 8% podrás timbrar documentos con dicha tasa siempre y cuando hayas realizado los tramites necesarios.
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