Caso Práctico: Timbrado de retenciones e información de pagos
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Marco Legal

 
El SAT contempla un tipo de CFDI que se utiliza específicamente para las retenciones e información de pagos (este tipo de CFDI no es del anexo 20, ni anexo 24, no es REP, ni SPEI, ni CEP).
 
El CFDI de Retenciones e Información de Pagos, es un comprobante que avala las retenciones de los impuestos efectuados por los contribuyentes o por los pagos realizados, incluyendo que estos sean residentes en el extranjero. Se integra por un conjunto de datos generales y de movimientos, a los que en algunos casos se les agrega un complemento con información específica de la operación.
 
Las personas a las que les hubieren retenido contribuciones, deberán solicitar el Comprobante Fiscal Digital por Internet o CFDI respectivo.
 
Respecto a la emisión de comprobantes y constancias de retenciones de contribuciones a través de CFDI: Cuando en alguna disposición fiscal se haga referencia a la obligación de emitir un comprobante fiscal por retenciones efectuadas, ésta se emitirá mediante el complemento que le corresponda.
 
Cuando en la realización de una actividad económica debe ser obligado a crear un CFDI de retenciones o pagos, es necesario generar dicho comprobante, por ejemplo, en el caso de enajenación de acciones, dividendos o utilidades distribuidas, regalías por derechos de autor, pagos realizados a favorecer a residentes en el extranjero, intereses reales deducibles por créditos hipotecarios, etc.
 
CONTPAQi® Bancos te permite generar este tipo de CFDI, así como su complemento, conforme a la  regla 2.7.5.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal.