3. Cálculo de ISR en Asimilados a salariosFuncionalidad en CONTPAQi® Nóminas
A partir de la versión 12.4.1 de CONTPAQi® Nóminas se crean nuevas funciones para identificar si un empleado es asimilado a salario y el tipo de régimen que tiene asignado.
De esta manera, si el tipo de régimen del empleado corresponde a asimilado a salario, no se realizará cálculo de subsidio al empleo.
En automático se validará el tipo de régimen del empleado para determinar el impuesto y subsidio correspondientes al realizar el cálculo; por lo que, si el empleado tiene asignado un tipo de régimen distinto a "02" no se calculará subsidio al empleo.
Como ejemplo vemos en la siguiente imagen la fórmula predefinida VAjuste10_SubsCausaCorrespDef, en la que puedes observar que si el tipo de régimen del empleado es diferente a 02, no se calculará subsidio al empleo.
![]() De esta manera, si vas a realizar una implementación para asimilados a salarios, ya no serán necesarias configuraciones adicionales con respecto al cálculo del impuesto a partir de la versión 12.4.1 de CONTPAQi® Nóminas, ya que las fórmulas predefinidas del sistema pueden identificar mediante el tipo de régimen del empleado, cuando corresponde a asimilados a salarios, y de esta manera no calcular subsidio al empleo para ellos.
Solamente debes verificar que los asimilados a salarios tengan correctamente configurado el tipo de régimen que le corresponde.
Los tipos de régimen para asimilados a salarios son:
05 Asimilados Miembros Sociedades Cooperativas Produccion
06 Asimilados Integrantes Sociedades Asociaciones Civiles
07 Asimilados Miembros consejos
08 Asimilados comisionistas
09 Asimilados Honorarios
10 Asimilados acciones
11 Asimilados otros
Ejemplo:
![]() Al realizar el cálculo podrás verificar que No se calcula subsidio al empleo:
![]() En el sobre-recibo de ejemplo puedes observar que en los conceptos predefinidos D35. Subs al Empleo(mes) y D45. I.S.R. (mes) se identifica que se trata de un asimilado a salario, por lo cual, aunque por el ingreso de $1,050.00 correspondería subsidio, al tratarse de un asimilado a salario, no se otorga.
Al timbrar el recibo y verificar el XML podrás confirmar que no se refleja el subsidio al empleo.
![]() Además, con los conceptos predefinidos del sistema también se calcularán ajustes de ISR, cuando corresponda.
![]() Por ejemplo: en meses con 5 semanas, se realiza el cálculo del ajuste de ISR retenido de menos:
![]() ![]() Y en caso que tengas habilitada la opción para reintegrar ISR retenido en exceso:
![]() En escenarios donde corresponde reintegro de ISR, verás reflejado el importe correspondiente en el concepto D106.
Ejemplo:
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