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Empresas (Emisor)

 
A partir de la versión 4.0 del Anexo 20, el Nombre, Domicilio fiscal y Régimen Fiscal, del emisor, se vuelve requerido, es decir, obligatorio, y es importante que se registre de acuerdo a la Lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT.
 
El nombre del Emisor debe capturarse exactamente igual conforme se encuentra en la constancia del RFC o Cédula de Identificación Fiscal, es decir, con mayúsculas, minúsculas y símbolos, de lo contrario no será timbrado por el PAC (Proveedor Autorizado de Certificación).
 
 
 
Se considerará la exactitud del dato "Nombre" de la denominación o razón social del contribuyente emisor al generar los comprobantes para cumplir con la regla de validación.
 
Por ejemplo: