Traslado (Carta Porte) con Complemento de Comercio Exterior
De acuerdo a las reglas de SAT la generación de un documento de traslado debe permitir que los campos Importe y Valor Unitario pueda tener una cantidad mayor o igual a 0 , mientras que el SubTotal y el Total del comprobante deben ser cero cuando el Tipo Comprobante sea "T" Traslado.
Para el caso de Traslado con Complemento de Comercio exterior de acuerdo a la guía de llenado publicada por el SAT considera lo siguiente:
![](drex_traslado__carta_porte__con_complemento_de_comercio_exterior_4_custom.png)
En el caso de operaciones en donde exista enajenación de las mercancías en términos del
Artículo 14 del CFF, pero esta sea a título gratuito y se opte por utilizar el complemento, se podrá emitir el comprobante como: Traslado (Carta Porte), registrando en el complemento el
Propietario y
Motivo Traslado.
![](drex_traslado__carta_porte__con_complemento_de_comercio_exterior_4_custom.png)
Por otra parte, cuando los contribuyentes aún no estando obligados a ello, opten por emitir un CFDI con complemento, en exportaciones definitivas de mercancías con clave de pedimento "
A1" cuando éstas no son objeto de enajenación y por ende no hay ingreso, deberán clasificar el CFDI como tipo Traslado e incluir el nodo "
Propietario" y "
Motivo Traslado", en estos casos no obstante se deberá seguir cumpliendo con la transmisión del acuse de valor (COVE) y y declarar dentro del pedimento en el campo 505, el folio fiscal y el acuse de valor.