Carta Técnica

CONTPAQi® Contabilidad-Bancos 14.3.2

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Cancelación de Retenciones 2.0 en CONTPAQi® Bancos
 
Beneficio
A partir de esta versión de CONTPAQi® Bancos, es posible cancelar retenciones emitidas una vez que fueron timbradas, de acuerdo a las obligaciones fiscales vigentes.
 
Descripción del cambio
Las retenciones timbradas no podrán ser editadas y en caso de que quieras hacer algún cambio al documento, será necesario cancelarlo indicando el motivo de cancelación y el UUID relacionado.
Podrás consultar la versión de la retención en el campo correspondiente que se encuentra en la parte superior derecha del documento.
Tendrás opción de capturar o buscar el UUID relacionado a la retención que vas a cancelar y se mostrará el tipo de relación 04-Sustitución de los CFDI previos, correspondiente a las retenciones canceladas.
 
Motivo de cancelación
Al presionar el botón Cancelar, se te pedirá que indiques el motivo de cancelación que corresponda. Los motivos de cancelación disponibles para los documentos de retención de CONTPAQi® Bancos, son los siguientes: 
 
01- Comprobante emitido con errores con relación, al habilitar este motivo, deberás especificar el Folio fiscal (UUID) que sustituye al documento, por eso es que al seleccionar este motivo, el campo para el Folio fiscal (UUID) que sustituye, se encuentra habilitado y es un dato obligatorio para cancelar el documento.
 
 
La siguiente imagen muestra el flujo que corresponde al motivo de cancelación 01- Comprobante emitido con errores con relación:
 
 
Los motivos 02- Comprobante emitido con errores sin relación y 03- No se llevó a cabo la operación, no requieren indicar el Folio fiscal (UUID) que sustituye.
 
 
Al seleccionar los motivos 02 y 03, el Folio fiscal (UUID) que sustituye estará desabilitado, puesto que no lo requieren, una vez seleccionado el motivo de cancelación, presionamos el botón Procesar:
 
 
Se te pedirá la contraseña del certificado de sello digital o CSD, por lo que deberás capturarla y presionar el botón Aceptar para continuar:
 
 
Y el documento se mostrará con estado Cancelado, indicando que no será posible editarlo:
 
Una vez cancelado el documento, podrás verlo en el Visor de Documentos Digitales y con clic derecho desplegamos el menú de opciones y seleccionamos Expediente para ver el Acuse de cancelación correspondiente:
 
 
 
 
 
En el Visor de Documentos Digitales, si habilitas la columna Estatus, podrás ver el estado del documento, que en este caso es: Cancelado.
 
 
 
Toma nota
 
Para conocer a detalle el proceso de cancelación, consulta el documento: Esquema de Cancelación.
 
  • Los contribuyentes únicamente podrán cancelar un CFDI en el mismo ejercicio en que se haya emitido.
     
  • Para usar el motivo de cancelación 01, será necesario que  generes primero el nuevo documento de retención, para que puedas indicar el UUID de la nueva retención.