Carta Técnica

CONTPAQi® Contabilidad-Bancos 15.3.1

×
Menú
Eliminación del uso de PCRDD para envío de declaraciones (DPIVA)
 
Beneficio
A partir del 1 de enero de 2023, dejaremos de contar con la autorización para operar como Proveedor de Certificación de Recepción de Documentos Digitales (PCRDD), de conformidad con lo establecido en el Artículo Octavo, fracción II de las Disposiciones Transitorias del Código Fiscal de la Federación (CFF), por lo cual, los invitamos a cumplir con sus obligaciones fiscales ante el SAT, conforme a las disposiciones fiscales vigentes.  
 
Es decir, el contribuyente o usuario de nuestros sistemas CONTPAQi® deberá de seguir presentando su declaración del DIOT como lo venía haciendo anteriormente en la página del SAT. 
 
 
Descripción del cambio
Con motivo de la reforma al artículo 31 del Código Fiscal de la Federación, en sus párrafos décimo quinto y décimo sexto, se elimina la figura de los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales (PCRDD), los cuales se encargan de recibir la declaración de DPIVA. Por tal motivo, a partir del 1 de enero de 2023, dejará de operar por ley nuestro servicio de recepción para esta declaración. 
 
Recordemos que, hasta antes de la reforma al Código Fiscal de la Federación, publicada en el DOF el 12 de noviembre de 2021, existían el fundamento legal que les daba “vida” a los Proveedores de Certificación de Documentos Digitales (Es decir a los receptores de declaraciones de DIOT, también llamadas DPIVA). 
 
Con la reforma que tiene vigencia desde el año 2022, publicada en el DOF el 12 de noviembre de 2021, la mencionada figura de receptores de declaraciones de DIOT y DPIVA, queda extinta debido a la derogación de los párrafos décimo quinto y décimo sexto del CFF. 
 
Cambio en el sistema
En el proceso "Declaración informativa de operaciones de Terceros" se elimina el proceso de entrega del DPIVA vía PCRDD, quitando el proceso de la pestaña "1 XML DPIVA" y considerando únicamente el proceso de la pestaña "2 TXT DIOT", que cambia a "1 TXT DIOT", por lo que a partir del 1 de enero de 2023 la ventana para el envío de la DIOT se mostrará de la siguiente forma:
 
 
 
Y hasta el 31 de diciembre del 2022 la ventana del envío de declaraciones seguirá tal como estaba en las versiones anteriores del sistema, con la opción del envío de XML DIPVA así como mediante TXT.
 
 
 
 
Si cuentas con una versión anterior del sistema e intentes usar enviar la declaración con la opción DPIVA después del 31 de diciembre del 2022, se enviará el siguiente mensaje:
 
 
 
 
 
 
Generar DIOT en archivo de texto
Recuerda que el proceso para generar la declaración informativa de operación con terceros (DIOT) consiste en lo siguiente:
 
Generación del TXT de DIOT desde el sistema de CONTPAQi® Contabilidad (menú Control de IVA opción: Declaración informativa de operación con terceros (DIOT).
Se carga y se empaqueta la información a través del DEM (Documentos Electrónicos Múltiples).
Y se realiza el cargado del archivo empaquetado en el portal del SAT.
 
 
 
Toma nota
 
Recuerda que el último día que podrás enviar tu declaración por medio del PCRDD es el 31 de diciembre del 2022.
 
Es importante comentarte que, el sistema CONTPAQi® Contabilidad está preparado para que generes la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, que es la opción alterna del envío del DPIVA.
 
Con esto, no existe ningún impacto para que nuestros usuarios generen su declaración de Operaciones con Proveedores.