Cancelar con relación
Beneficio
A partir de esta versión, se incluye una nueva característica que es realizar el proceso de cancelación con relación.
Configuración
Una vez que deshaces la baja/finiquito del empleados y se aplicó nuevamente el finiquito ya con las correcciones, se consideran 2 opciones:
| Recuerda
Al aplicar el finiquito del empleado, en la ventana Emisión de recibo electrónico del finiquito, puedes elegir Finiquitar y emitir, que realizará el timbrado únicamente del finiquito, o Solo finiquitar, que aplicará únicamente la baja del empleado y podrás emitir el finiquito al timbrar todos los sobre-recibos del periodo.
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Al ingresar al menú Procesos \ Cancelación de recibos electrónicos:

En la ventana Cancelación recibos electrónicos se mostrarán los recibos de finiquito con el estado Bloqueado para cancelar y se incluirá el UUID del nuevo finiquito que se timbró en la columna CFDI Sustituye:

Al seleccionar la opción Cancelar con relación, el sistema detecta los UUID de los nuevos finiquitos que se generaron y que sustituyen a los finiquitos que se van a cancelar, por lo tanto, la cancelación se realiza directamente en el SAT, es decir, no se timbrarán nuevamente los nuevos finiquitos desde este módulo:

Visualizarás la ventana de Confirmación, para continuar con el proceso:

Al continuar con el proceso, se visualizará la ventana de Certificado Sello Digital en la cual se deberá capturar la contraseña de todos los certificados requeridos para cancelar y timbrar nuevamente los CFDIs que se tengan seleccionados:

Al finalizar el proceso, podrás consultar la Bitácora de Cancelación, se agregan las columnas ESTADO NOMINAS, MOTIVO CANCELACIÓN y CFDI SUSTITUYE:


Al ingresar al menú Procesos \ Cancelación de recibos electrónicos:

En la ventana Cancelación recibos electrónicos se mostrarán los recibos de finiquito con el estado Bloqueado para cancelar, en este caso, no se incluye el UUID en la columna CFDI Sustituye:

Al seleccionar la opción Cancelar con relación, el sistema detecta que no se han timbrado los nuevos recibos de Finiquitos que sustituyen a los que se cancelarán, por lo tanto, primero se realiza el timbrado de los nuevos finiquitos y luego pasa a la cancelación en el SAT:

Visualizarás la ventana de Confirmación, para continuar con el proceso:

Al continuar con el proceso, se visualizará la ventana de Certificado Sello Digital en la cual se deberá capturar la contraseña de todos los certificados requeridos para cancelar y timbrar nuevamente los CFDIs que se tengan seleccionados, además de poder elegir la Fecha de Pago del finiquito:

Al finalizar el proceso, podrás consultar la Bitácora de Cancelación, se agregan las columnas ESTADO NOMINAS, MOTIVO CANCELACIÓN y CFDI SUSTITUYE:

Al ingresar a Cancelación recibos electrónicos, visualizarás los nuevos finiquitos que se generaron y timbraron, que sustituyen a los finiquitos que se cancelaron:

| Nota
Si al seleccionar la opción Cancelar con relación, no se generó el nuevo CFDI con las correcciones, se visualizará el siguiente mensaje en la bitácora del proceso:
Los recibos de finiquito bloqueados para cancelación sin un recibo que los sustituya solo pueden cancelarse sin relación con motivo "03 No se llevó a cabo la operación".
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Consideraciones
Si el proceso de cancelación y retimbrado quedan incompletos, te recomendamos realizar lo siguiente:



| Importante
Considera las reglas del Esquema de Cancelación de CFDI, tomando en cuenta los motivos y criterios por los que puede ser cancelado un documento.
Al seleccionar la opción Cancelar con relación, el motivo de cancelación será 01=Comprobante emitido con errores con relación, primero será necesario que se realice la corrección en el sobre-recibo correspondiente al CFDI que se va a cancelar, ya que durante el proceso de Cancelación se timbrará uno nuevo con las correcciones aplicadas.
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