Caso Práctico: Homologación de reporte Liquidación Bimestral con criterio SUA
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Cuota patronal de Cesantia y Vejez

 
 
Actualmente, el cálculo del IMSS para el rubro Cesantía y Vejez, cuota patronal se homologa al cálculo que se realiza en SUA, en la versión 3.6.3.
 
Al instalar la versión 3.6.3 de SUA identificamos los siguientes puntos:
 
El SUA no muestra una tabla explícita dentro de sus opciones, sin embargo, al realizar simulaciones de distintos escenarios se identifica lo siguiente:
 
1.     Solamente los empleados con SBC igual al salario mínimo se ubican en el primer renglón, con el porcentaje 3.150%
En este renglón se consideran, por ejemplo, empleados que trabajan semana reducida y el SBC con el cual cotizan ante el IMSS es 207.44 para la Zona General, o 312.41 para la ZFN.
 
2.     Los empleados que ganan un salario mínimo al día y trabajan semana completa, se ubican en el renglón correspondiente con su SBC.
Por ejemplo: Para un trabajador que está en su primer año de antigüedad y gana el Salario mínimo de la zona general: Salario diario: 207.44, SBC: 217.67, le corresponde el renglón de 3.751%
 
3.     Se toma en cuenta solamente el límite inferior, de tal manera que cuando hay huecos entre renglones, el importe que no se localiza en ningún renglón considera el porcentaje del primero de ellos.
 
Por ejemplo:
Para un trabajador con SBC=241.00, el renglón que se considera es el de 3.751
 
 
Después de revisar cómo se realiza el cálculo en SUA, se determina que las tablas en CONTPAQi® Nóminas quedan de la siguiente manera:
 
Tablas Enero 2023:
 
 
 
 
Con el cambio de la UMA, que entra en vigor a partir del 1 de febrero, las tablas con inicio de vigencia 01/02/2023 quedan de la siguiente manera:
 
 
 
 
Recuerda
 
Las tablas de Cesantía y vejez cuota patronal son tablas globales, es decir, aplican para todas las empresas.
 
Dentro del menú Tablas / Tablas CyV Patrón podrás identificar las tablas con los valores indicados anteriormente.
 
 
Ejemplo del cálculo de IMSS en el rubro Cesantía y vejez, cuota patronal:
 
Se calcula un periodo mensual.
 
Periodo 1 mensual del 01/01/2023 al 31/01/2023
 
Empleado que gana el salario mínimo de la zona general.  SD=207.44
 
SBC = 217.67
 
Días = 31
 
Porcentaje que corresponde: 3.751%
 
Cálculo cuota patronal: 217.67 * 31 * 3.751% = 253.11
 
Cálculo cuota obrero: 217.67 * 31 * 1.125% = 75.91 -- Debido a que el trabajador gana 1 salario mínimo, esta cuota la cubre el patrón
 
Suma cuota obrero + cuota patrón =253.11 + 75.91 = 329.02
 
 
 
Periodo 2 mensual del 01/02/2023 al 28/02/2023
 
Empleado que gana el salario mínimo de la zona general.  SD=207.44
 
SBC = 217.67
 
Días = 28
 
Porcentaje que corresponde: 3.751%
 
Cálculo cuota patronal: 217.67 * 28 * 3.751% = 228.61
 
Cálculo cuota obrero: 217.67 * 28 * 1.125% = 68.57  -- Debido a que el trabajador gana 1 salario mínimo, esta cuota la cubre el patrón
    
Suma cuota obrero + cuota patrón =228.61 + 68.57 = 297.18
 
 
 
Bimestre Enero-Febrero
 
Empleado con salario mínimo zona general
 
SBC = 217.67
 
Días del bimestre = 59
 
Porcentaje = 3.751%
 
Cuota patronal = 228.61 + 253.11 = 481.72
 
Cuota obrero = 75.91 + 68.57 = 144.48
 
Al comparar el cálculo vs SUA se obtiene el mismo importe:
 
Bimestre Enero-Febrero