Impacto en CONTPAQi® Nóminas
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Recuerda:
A partir del 01 de enero del 2023 se otorgarán 12 días de vacaciones por año laborado al empleado.
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Importante:
A partir del 01 de enero del 2023 el cálculo de vacaciones se realizará conforme a la tabla de Prestaciones de Ley que entra en vigor el 01/01/2023.
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¿Qué impacto tiene este cambio en CONTPAQi® Nóminas?
Es importante mencionar que, el cálculo de las vacaciones continúa tal cual como lo conocemos actualmente, sin embargo, el cambio en nuestra fórmula, es el Factor de integración que se tomará dependiendo la antigüedad que que tenga el empleado en la empresa.
Recordemos que, el Factor de integración se calcula de la siguiente manera:
Factor de integración = {{Días de aguinaldo + [Días de vacaciones * (% Prima vacacional / 100)]} / 365} + 1
Función para determinar los días de vacaciones proporcionales
A partir de ahora, para calcular los días proporcionales se debe realizar el siguiente procedimiento:
¤ Se deberá calcular la parte proporcional de los días de vacaciones del año en curso de acuerdo a las prestaciones que tenga el empleado y la fecha de vigencia de las prestaciones que haya tenido desde su último aniversario laboral.
Por ejemplo:
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Fecha de ingreso: 01/10/2020
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Tipo de periodo: Quincenal
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Periodo vigente: Quincena 2 (del 16/01/2023 al 31/01/2023)
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Último aniversario laboral: 01/10/2022
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Tipo de Prestaciones: Prestaciones de Ley
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Entrada en vigor nuevas prestaciones: 01/01/2023
Para determinar la proporción del año en curso de las vacaciones, deberá:
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Determinar la proporción de vacaciones desde el 01/10/2022 hasta el 31/12/2022 con las prestaciones de ley 2022
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Determinar la proporción de vacaciones desde el 01/01/2023 hasta el 31/01/2023 con las prestaciones de ley 2023
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El resultado que arroje esta función, será el total de vacaciones con la proporción.
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Este comportamiento también se debe aplicar con cualquier otra prestación que tenga asignado el empleado.
¿Qué pasa si mi empleado cumple su próximo aniversario laboral en el ejercicio 2023?
En empleados cuyo próximo aniversario laboral sea en el ejercicio 2023, se calculará la parte proporcional a los días de vacaciones que corresponden al ejercicio 2022 con base a la tabla Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/1970, más, la parte proporcional de los días de vacaciones que van del ejercicio 2023 con base a la tabla Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/2023.
La suma de estos resultados, indicará el total de días de vacaciones que tendrá el empleado.
Por ejemplo:
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Fecha en vigor para nuevo cálculo: 01/01/2023
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Fecha de último aniversario laboral: 01/03/2022
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Fecha de próximo aniversario laboral: 28/02/2023
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Total de días de vacaciones: Días de vacaciones 2022 + Días de vacaciones 2023 = 6.9699
Prestaciones de Ley 01/01/1970
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Ejercicio 2022
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Días trabajados
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(Fecha en vigor nuevo cálculo - 1) - Fecha último aniversario laboral + 1
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306
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Proporción 2022
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Días trabajados / 365
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0.838356164
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Derecho a días 2022
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6
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6
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Días de vacaciones 2022
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Proporción 2022 * Derecho a días 2022
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5.0301
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Prestaciones de Ley 01/01/2023
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Ejercicio 2023
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Días trabajados
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(Fecha próximo aniversario laboral) - Fecha en vigor nuevo cálculo + 1
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59
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Proporción 2023
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Días trabajados / 365
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0.1616438
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Derecho a días 2023
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12
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12
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Días de vacaciones 2023
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Proporción 2023 * Derecho a días 2023
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1.9397
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¿Cómo se calculará el Factor de integración si mi empleado cumple su próximo aniversario laboral en el ejercicio 2023?
En los escenarios que los empleados cumplan su próximo aniversario laboral en el ejercicio 2023, se calculará la parte proporcional que corresponde al ejercicio 2022 con base a la tabla Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/1970, más, la parte proporcional correspondiente al ejercicio 2023 con base a la tabla Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/2023.
La suma de estos resultados, determinará el Factor de integración con el que se calculará el Salario Base Cotización (SBC) dentro del catálogo de empleados, Incremento de salarios y Modificación de salarios.
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Importante:
El cálculo del Factor de integración determinará el cálculo de los procesos de Incremento de salarios, Modificación de salarios y el Salario Base Cotización (SBC) dentro del Catálogo de Empleado.
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Por ejemplo:
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Fecha de alta/último reingreso: 10/10/2019
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Fecha de último aniversario laboral: 10/10/2022
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Fecha de próximo aniversario laboral: 09/10/2023
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Fecha en vigor de la Reforma LFT: 01/01/2023
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Determinación del Factor de integración
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Días trabajados del año en curso 2022
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(Fecha en vigor de la Reforma LFT - 1) - Fecha de último aniversario laboral + 1
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83
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Días a trabajar en el 2023
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Fecha de próximo aniversario laboral - Fecha en vigor de la Reforma LFT + 1
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282
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Total días trabajados
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Días trabajados del año en curso 2022 +
Días a trabajar en el 2023
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365
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Días vacaciones 2022
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Tabla de Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/1970
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12
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Vacaciones 2022
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(Días trabajados del año en curso 2022 / 365) * Días vacaciones 2022
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2.73
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Porcentaje Prima 2022
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Tabla de Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/1970
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25%
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Días Prima 2022
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Vacaciones 2022 * Porcentaje Prima 2022
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0.68
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Días Aguinaldo 2022
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Tabla de Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/1970
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15
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Proporción Aguinaldo 2022
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(Días trabajados del año en curso 2022 / 365) * Días Aguinaldo 2022
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3.41
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Días vacaciones 2023
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Tabla de Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/2023
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18
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Vacaciones 2023
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(Días a trabajar en el 2023 / 365) * Días vacaciones 2023
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13.91
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Porcentaje Prima 2023
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Tabla de Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/2023
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25%
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Días Prima 2023
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Vacaciones 2023 * Porcentaje Prima 2023
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3.48
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Días Aguinaldo 2023
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Tabla de Prestaciones de Ley en vigor del 01/01/2023
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15
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Proporción Aguinaldo 2023
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(Días a trabajar en el 2023 / 365) * Días Aguinaldo 2023
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11.59
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Total días de vacaciones
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Vacaciones 2022 + Vacaciones 2023
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16.64
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Total días de prima
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Días Prima 2022 + Días Prima 2023
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4.16
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Total días de aguinaldo
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Proporción Aguinaldo 2022 + Proporción Aguinaldo 2023
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15.00
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Factor de integración
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((((Vacaciones 2022 * Porcentaje Prima 2022) + Proporción Aguinaldo 2022) + ((Vacaciones 2023 * Porcentaje Prima 2023) + Proporción Aguinaldo 2023)) / 365) + 1
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1.04315
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SBC
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Factor de integración * Salario
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208.63
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