PRIMERO

 
 
La presente Norma Oficial Mexicana entrará a los 180 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 
Ciudad de México, a los 1 días del mes de junio de dos mil veintitrés.- La Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.