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Complemento Carta Porte versión 3.1

C-573206
 
Introducción
El pasado 17 de junio de 2024, la autoridad publicó el estándar en su versión 3.1 del complemento Carta Porte.
Se permitirá configurar con más de un régimen aduanero a la vez, por lo que es un nodo que brinda al documento, transparencia en el traslado de las mercancías.
 
 
 
 
 
Importante
 
Recuerda que de acuerdo con la RMF vigente, regla 2.7.1.8, una vez que los complementos son publicados en la página del SAT, se cuenta con 30 días naturales para la entrada en vigor, salvo que la autoridad disponga de otro plazo.
 
 
Beneficios
 
 
 
 
Recuerda
 
Cuando traslades mercancías, debes generar previamente el CFDI con el complemento Carta Porte, así podrás acreditar su legal estancia y/o tenencia de las mismas durante el traslado, acompañándolas con el archivo digital o la representación impresa.
 
La información que debes registrar en el complemento Carta Porte dependerá de los sujetos que intervengan en la operación, el medio de transporte y el tipo de CFDI (Ingreso o Traslado).