Avisos de Suspensión y Reanudación de actividades

 
 
Te sirve para cumplir con la obligación de avisar sobre la suspensión y reanudación de actividades de tus trabajadores (asalariados o asimilados a salarios) cuando se retiran por renuncia, despido o para nuevas contrataciones.
 
Este servicio consiste en la suspensión o reanudación de actividades de tus trabajadores de manera masiva, ya que en un solo trámite se realiza la solicitud y la inscripción de varios trabajadores con el mínimo de requisitos, y se encuentra disponible en:
 
https://www.sat.gob.mx/ \ Trámites del RFC \ Ver más.. \ Actualización de RFC \ Presenta el aviso de suspensión y reanudación de actividades de tus trabajadores (asalariados).
 
 
 
Para utilizar este servicio solo tienes que realizar lo siguiente:
 
 
 
 
 
¿Quiénes lo presentan?
Persona Física o Moral en su carácter de empleador o patrón.
 
 
¿Cuándo se presenta?
Como patrón, cuando requieras presentar dichos avisos por cuenta de tus trabajadores.
 
 
Fundamento Legal
  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 30, fracción IV, incisos a) segundo párrafo.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.5.13.
  • Código Fiscal de Procedimientos Civiles, artículo 297.
  • Ficha de trámite 75/CFF "Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados"