Reducción de la Jornada Laboral: Horas Extraordinarias
Introducción
En cumplimiento con la reforma constitucional en materia de Reducción de la Jornada Laboral, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se han definido los marcos temporales para su entrada en vigor: el 03 de marzo para las disposiciones constitucionales y el 01 de mayo para la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Bajo este nuevo escenario normativo, la administración de las horas extraordinarias se convierte en el eje central de cumplimiento para los departamentos de nómina.
Marco Legal y Sustento Normativo
Las bases de este cambio se fundamentan en las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las cuales establecen una reconfiguración de los límites de las jornadas de trabajo y el tratamiento de las horas excedentes.
Sustento Constitucional:
La reforma al Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las bases de la nueva cultura laboral:
¤ Fracción IV: Determina la reducción de la jornada máxima de 48 a 40 horas semanales. Conforme al Tercero Transitorio, esta aplicación se ejecuta de manera progresiva para permitir la adaptación operativa de los centros de trabajo.
¤ Fracción XI: Define los nuevos límites para la jornada extraordinaria, introduciendo el rigor de la Regla 4x4 (un máximo de 4 horas extras diarias, limitadas a 4 días por semana) y un tope máximo de 12 horas extras totales por ejercicio semanal.
Ley Federal del Trabajo (LFT):
Para dar cumplimiento a la Ley Federal del Trabajo, el sistema alinea sus cálculos con los siguientes preceptos:
¤ Artículo 66: Regula la duración de la jornada extraordinaria. Esta versión incorpora la tabla de gradualidad dictada en el Cuarto Transitorio, la cual ajusta los límites de horas dobles y totales de forma automática año con año (2026-2030).
¤ Artículo 68: Establece que las horas que excedan los límites semanales permitidos deberán pagarse con un 300% más (horas triples). En esta reforma, se ratifica un límite de 4 horas triples por semana.
¤ Artículos Complementarios: Se respetan y aplican las disposiciones de los artículos 58, 59, 61, 69 y 71, los cuales regulan la fijación de jornadas, los descansos obligatorios y el pago de primas dominicales.
Nota
Consulta aquí el DECRETO por el que se reforman las fracciones IV y XI del Apartado A del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de la jornada laboral.
|
Resumen de Transición Gradual
La jornada laboral se reducirá gradualmente dos horas por año hasta alcanzar las 40 horas semanales en 2030, ajustando simultáneamente los topes de horas extras: en 2026 la jornada será de 48 horas con hasta 9 horas dobles, evolucionando año con año hasta que en 2030 la jornada base sea de 40 horas permitiendo hasta 12 horas dobles antes de pasar al pago triple; todo esto bajo la nueva regla de seguridad "4x4" que limita el tiempo extraordinario a un máximo de 4 horas diarias por 4 días a la semana.
|
Año
|
Horas por Semana
|
Horas Extras Dobles
|
Horas Extras Triples
|
|
2026
|
48 horas
|
9
|
4
|
|
2027
|
46 horas
|
9
|
4
|
|
2028
|
44 horas
|
10
|
4
|
|
2029
|
42 horas
|
11
|
4
|
|
2030
|
40 horas
|
12
|
4
|

