CONTPAQi Personia®

 
 

Ocurrió un error no esperado en el timbrado: 400 - El campo DomicilioFiscalReceptor del receptor, debe pertenecer al nombre asociado al RFC registrado en el campo Rfc del Receptor al timbrar en CONTPAQi Personia®.

 
1. Verificar el nombre del receptor que aparece al escanear el código QR dentro de la Cédula de Identidad Fiscal.
2. Ingresar al sobre recibo con error.
3. Ir a los tres puntos.
4. Modificar los datos del receptor en el código postal.
5. Dar en la opción actualizar datos.
6. Timbrar y validar.
 
Nota
 
Guía para descargar la Cédula de identidad fiscal:
 
 
 
 

¿Cuál es el proceso para aplicar el PTU en CONTPAQi Personia®?

 
1. Ingresar al aplicativo Personia®
2. Dar clic en el menú Procesos
3. Dar clic en PTU
4. Se mostrará la ventana de asistente para el caculo de PTU
5. Desde Parámetros seleccionar el ejercicio, así como colocar la cantidad a repartir. 
6. Seleccionar posteriormente Aplicar en periodo. 
7. Seleccionar si tienen acumulados del ejercicio. 
8. Seleccionar Modo de calcular el ISR del PTU. 
9. Revisar concepto.
10. Dar clic en Tope PTU.
 
Nota
 
Por omisión, se mostrará habilitada esta opción que topará el PTU entregado al empleado a 3 meses de salario o el promedio de PTU recibido en los últimos 3 años.
 
 
11. Dar clic en Colaboradores.
12. Seleccionar el listado de los colaboradores que tienen derecho a PTU. 
 
  • Por omisión, se visualizará la opción Todos.
  • Con derecho a PTU. 
  • Sin derecho a PTU. 
     
13. Dar clic en calcular PTU. 
Nota
 
Se visualizará el resultado del cálculo de PTU para cada uno de los colaboradores que participan en el proceso de PTU. (Son parámetros calculados por el aplicativo, por lo cual no se permite la modificación de estos).
 
 
14. Revisar los parámetros en la parte superior.
15. Revisar los totales en la parte superior. 
16. Por último, dar clic en Aplicar PTU. 
17. Al finalizar el proceso, se mostrará un mensaje de confirmación que indica: 
"El PTU se ha aplicado de forma correcta".
 
Consideración previa:
Si se desea aplicar el cálculo del PTU en periodo extraordinario, previamente se deberá generar el periodo con la fecha deseada:
 
1. Ir al menú Operación diaria / Nómina.
2. Seleccionar Periodo extraordinario correspondiente al otro empleado periodo nuevo y aceptar.
3. Capturar las fechas del periodo extraordinario.
4. Generar.
Nota
 
Si se realizará en periodo Ordinario, se aplicará sobre el periodo vigente de cada colaborador.
 
 
Nota
 
Para mayor información consultar el Centro de Ayuda en el aplicativo buscándolo como PTU.
 
 
 
 

Versiones compatibles con la Reducción de la Jornada Laboral en sistemas CONTPAQi Nóminas® y CONTPAQi Personia®

 
 
Te informamos que el día de hoy, 1 de mayo de 2026, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral (LFT), mismo que entra en vigor en la misma fecha de publicación.
 
La publicación oficial puede consultarse en el siguiente enlace: DOF - Diario Oficial de la Federación
 
Esta reforma busca armonizar con el Decreto que reforma las fracciones IV y XI del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el pasado 3 de marzo, y establece un nuevo marco para la duración máxima de la jornada laboral en el país.
 
Principales aspectos de la reforma a la LFT
 
  • Reducción progresiva de la jornada ordinaria
 
Artículo 59.
La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo se reduce de 48 a 40 horas semanales, de manera progresiva, conforme al artículo segundo transitorio, de la siguiente forma:
 
 
 
 
  • Trabajo extraordinario (horas extras dobles)
 
Artículo 66.
 El trabajo extraordinario no deberá exceder de 12 horas diarias que pueden distribuirse máximo en:
 
  • 4 horas diarias
  • 4 días en la semana
 
De acuerdo con el cuarto transitorio de este decreto, el límite se alcanzará de manera gradual conforme a lo siguiente:
 
 
 
 
  • Tiempo extraordinario excedente al permitido (horas extras triples)
     
Artículo 68.
  • La prolongación del tiempo extraordinario no podrá exceder de 4 horas a la semana.
  • Dichas horas deberán pagarse con un 200% adicional sobre el salario por hora.
 
Importante
 
La suma de la jornada ordinaria y la extraordinaria no podrá exceder de 12 horas diarias.
 
 
  • Descanso semanal
     
Artículo 69.
Se mantiene la disposición de que, por cada seis días de trabajo, el trabajador deberá gozar de al menos un día de descanso obligatorio semanal, con salario íntegro.
 
 
  • Registro electrónico de la jornada laboral
 
Artículo 132, fracción XXXIV.
  • Se incorpora la obligación patronal de llevar un registro electrónico de la jornada laboral incluyendo el horario de inicio y finalización.
  • Dicho registro deberá ponerse a disposición de la autoridad laboral cuando así sea requerido.
  • Esta obligación entrará en aplicación el próximo 1 de enero de 2027.
  • Pendiente la publicación de sus disposiciones especiales por parte de la STPS
  • El contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y empleadora.
 
  • Sanciones por incumplimiento de registro electrónico de la jornada
     
Artículo 994, fracción IV Bis.
  • Se establecen multas que van de 250 a 5,000 UMAs para los patrones que no cumplan con la obligación de llevar el registro electrónico de la jornada.
 
  • Garantía salarial
     
Séptimo transitorio.
  • En ningún caso la aplicación de esta reforma podrá implicar la disminución de sueldos o salarios de las personas trabajadoras.
 
Importante
 
Cambios que entran en vigor el 1 de mayo del 2026:
 
1. La distribución del tiempo extraordinario (tiempo extra doble) cambia de no más de 3 horas al día ni más de 3 veces por semana a la nueva distribución de no más de 4 horas diarias y no más de 4 veces a la semana.
 
2. El límite de 4 horas a la semana correspondiente al tiempo extraordinario (tiempo extra triple).
 
3. Estos nuevos límites establecidos en la LFT para el tiempo extraordinario generan cambios en la determinación de los exentos y gravados tanto para ISR como para IMSS.
 
 Disposiciones que se mantienen aun en 2026:
 
1. La jornada laboral ordinaria se mantiene en 48 horas. 
 
2. El límite de tiempo extraordinario se mantiene en no más de 9 horas a la semana.
 
 
Sistemas CONTPAQi®.
 
Los sistemas CONTPAQi Nóminas® y CONTPAQi Personia® ya se encuentran preparados para cumplir con estas nuevas disposiciones, por lo que te recomendamos actualizar a la versión conforme a las siguientes indicaciones:
 
CONTPAQi Nóminas® V19.2.1
 
A partir de las 5:00 pm (TCM) podrás descargar directamente desde nuestro portal www.contpaqi.com / Iniciar Sesión/ Descargas / Actualiza tu sistema.
Para saber más, consulta la carta técnica en formato HTML y PDF.
 
 
CONTPAQi Personia® V3.3.0
 
A partir de las 7:00 pm (TCM) estará disponible la actualización.
Para saber más consulta el siguiente caso práctico: Reducción de la Jornada Laboral: Horas Extraordinarias, dando clic aquí
 
Asimismo, ambas aplicaciones incluyen el módulo de control de asistencia CONTPAQi Colabora®, con el cual desde hoy puedes llevar el registro electrónico de la jornada laboral directamente desde dispositivos móviles, en cumplimiento con la nueva obligación legal.