Servicios de grúas, servicios auxiliares de arrastre y

salvamento a nivel local

 Regla 2.7.1.55

 
 

Fundamento Legal

2.7.1.55
Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de grúas, servicios auxiliares de arrastre y salvamento a nivel local
 
Para los efectos del artículo 29, penúltimo párrafo del CFF y la regla 2.7.1.9., quienes presten el servicio de “grúas de arrastre” y “grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos” que transporten bienes, sin que el servicio implique el transitar por algún tramo de jurisdicción federal, podrá emitir un CFDI de tipo ingreso sin complemento Carta Porte, el cual debe contener los requisitos establecidos en el artíulo 29-A del CFF.
 
Para los efectos del párrafo anterior, los contribuyentes podrán amparar el traslado de bienes con la representación impresa, en papel o en formato digital del CFDI de tipo traslado sin complemento Carta Porte, siempre que en dicho comprobante se relacione el CFDI de tipo ingreso emitido por la prestación del servicio.
 
Lo dispuesto en esta regla se podrá aplicar siempre que el contribuyente tenga la certeza de que no transitará por algún tramo de jurisdicción federal que lo obligue a la expedición del CFDI con complemento Carta Porte a que hace referencia la regla 2.7.1.9. En caso de que, por cualquier causa, se transite por algún tramo de jurisdicción federal, los contribuyentes deberán emitir el CFDI que corresponda conforme a la regla 2.7.1.9.
 

Resumen

Quienes presten el servicio de “grúas de arrastre” y “grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos” que transporten bienes, sin que el servicio implique el transitar por algún tramo de jurisdicción federal, podrán emitir un CFDI de tipo ingreso sin complemento Carta Porte, el cual debe contener los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF.
 
Para los efectos del párrafo anterior, los contribuyentes podrán amparar el traslado de bienes con la representación impresa, en papel o en formato digital del CFDI de tipo traslado sin complemento Carta Porte, siempre que en dicho comprobante se relacione el CFDI de tipo ingreso emitido por la prestación del servicio.
 

Preguntas Frecuentes

 
Preguntas Frecuentes:
 
13. Si  presto  servicios  de  grúas  de  arrastre,  de  arrastre  y  salvamento  y  depósito  de vehículos en las vías generales de comunicación, ¿qué información debo registrar
en el CFDI (factura) con complemento Carta Porte?
 
Siempre  que  la  ruta  del  servicio  no  implique  transitar  por  algún  tramo  de  jurisdicción federal, podrás emitir un CFDI (factura) de tipo ingreso sin complemento Carta Porte.
 
En  caso  de  que,  por  cualquier  razón  se  transite  por  algún  tramo  de  jurisdicción  federal, deberás emitir un CFDI (factura) de tipo ingreso con complemento Carta Porte, donde en el campo “Configuración Vehicular”, registres la clave correspondiente al servicio de grúas “OTROSG”  (Servicio  de  Grúas),  del  catálogo  c_ConfigAutotransporte,  así  como  el  tipo  de permiso proporcionado por la SCT, de acuerdo al catálogo c_TipoPermiso.
 
 
 

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