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Cambios en emisor

 
A partir de la versión 4.0 del Anexo 20, el Nombre y el Domicilio fiscal, tanto del emisor como del receptor son obligatorios, y es importante que ambos se registren de acuerdo con la Lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT.
 
En base a la versión 4.0 del Anexo 20 el Régimen Fiscal también es un dato obligatorio.
 
 
Importante:
 
El nombre del Receptor debe capturarse exactamente igual conforme se encuentra en la constancia del RFC o Cédula de Identificación Fiscal, de lo contrario no será timbrado por el PAC (Proveedor Autorizado de Certificación).
 
Para conocer más, haz clic aquí.
 
 
 
 
Configuración en el sistema
 
Será necesario ingresar al menú Mi cuenta, y en el campo Nombre o Razón Social se debe capturar el nombre tal cual se encuentra en la Cédula de Identificación Fiscal, ya que de lo contrario no será timbrado por el PAC (Proveedor Autorizado de Certificación).