Nom 035. Factores de riesgo psicosocial en el trabajo
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10. Procedimiento para la evaluación

 
Procedimiento para la evaluación de la conformidad:
 
 
10.1 Este procedimiento para la evaluación de la conformidad aplica tanto a las visitas de inspección desarrolladas por la autoridad laboral, como a las visitas de verificación que realicen las unidades de verificación.
 
10.2 Los aspectos a verificar durante la evaluación de la conformidad de la presente Norma se realizarán, según aplique, mediante de la constatación, revisión documental, registros o entrevistas, de conformidad con lo siguiente:
 
Disposición
Tipo de Comprobación
Empresas
Documental
Todas
5.2; 7.1 a); 7.2; 7.4; 7.5; 7.6, 7.7; 7.8 y 7.9
Documental o entrevista, según aplique
16 a 50 Trabajadores
5.3; 7.1 b); 7.2; 7.3; 7.4; 7.5; 7.6, 7.7; 7.8 y 7.9
Documental o entrevista, según aplique
Más de 50 Trabajadores
Documental o entrevista
Todas
Documental
A partir de 16 Trabajadores
Documental
Todas
Documental
A partir de 16 Trabajadores
Documental
16 a 50 Trabajadores
Documental
16 a 50 Trabajadores
 
 
 
Importante:
 
Para conocer el detalle del criterio de aceptación. Consulta la publicación de la Norma.
 
 
10.3 Para la selección de trabajadores por entrevistar por parte de la autoridad laboral y/o las unidades de verificación, con el propósito de constatar el cumplimiento de las disposiciones que integran el presente procedimiento para la evaluación de la conformidad, se aplicará el criterio muestral contenido en la Tabla 1 siguiente:
 
Tabla 1. Muestreo por selección aleatoria
Número total de trabajadores
Número de trabajadores por entrevistar
1-15
1
16-50
2
51-105
3
Más de 105
1 por cada 35 trabajadores hasta un
máximo de 15
 
 
Importante:
 
Las Unidades de Verificación, podrán hacer Entrevistas a trabajadores de forma aleatoria. Por lo que la recomendación es aplicar los cuestionarios a todos los trabajadores.
 
 
10.4 Las evidencias de tipo documental o los registros a que alude esta Norma podrán exhibirse de manera impresa o en medios electrónicos, y se deberán conservar al menos durante un año, a partir de la fecha de elaboración.