Casos en términos prácticos
Caso A: El emisor recibió el pago en una Forma de pago distinta la asentada en el CFDI.

Deberá cancelar el CFDI original y emitir uno nuevo con la "Forma de Pago" en que se realizó el pago, considerando las relaciones correspondientes entre los CFDI.
Caso B: El emisor aún no ha recibido el pago.

Si el emisor ha generado un
CFDI con
Método de Pago "PUE" y "Forma de pago" específica (diferente a 99 “Por definir”) y no recibe el pago total por la operación al último día del mes en que expidió el
CFDI en cuestión, deberá:
1. Cancelar dicho CFDI.
2. Emitir uno nuevo con las relaciones correspondientes al CFDI anterior y especificar: Método de Pago "PPD" y Forma de Pago "99 - Por definir".