Carta Técnica CONTPAQi® Factura electrónica 9.3.0
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Clientes (Receptor)

 
 
 
A partir de la versión 4.0 del Anexo 20, el Nombre, Domicilio fiscal y Régimen Fiscal, tanto del emisor como del receptor, se vuelven requeridos, es decir, obligatorios, y es importante que ambos se registren de acuerdo a la Lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT.
 
El nombre del Emisor y Receptor debe capturarse exactamente igual conforme se encuentre en la constancia del RFC o Cédula de Identificación Fiscal.
 
 
 
 
El nombre del cliente deberá coincidir con la Lista de RFC inscritos no cancelados del SAT, por lo tanto, al capturar la información del nombre del empleado, el sistema guardará el formato capturado.
 
El nombre debe ser registrado tal cual se encuentra en la Cédula de Identificación Fiscal, es decir, con mayúsculas, minúsculas y símbolos, de lo contrario no será timbrado por el PAC (Proveedor Autorizado de Certificación).
 
 
 
Nota:
 
Para consultar información más detallada sobre este cambio, haz clic aquí Datos del Receptor del CFDI 4.0.