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CONTPAQi Personia®

Nueva Reforma Ley INFONAVIT en CONTPAQi Personia®.

Dando seguimiento al comunicado del pasado 21 de febrero del 2025 en el cual le informamos que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vivienda con orientación social.
Puede consultar esta información haciendo clic aquí.
Parte de los cambios contempla una modificación al artículo 29 de la Ley de Infonavit en materia de descuentos por amortización de créditos Infonavit a los trabajadores, quedado de la siguiente manera:
Artículo 29.- …
I.- a IX.- …
La obligación de efectuar las aportaciones a que se refiere la fracción II anterior, se suspenderá cuando no se paguen salarios por ausencias en los términos de la Ley del Seguro Social, siempre que se dé aviso oportuno al Instituto, en conformidad al artículo 31. Tratándose de incapacidades expedidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, subsistirá la obligación del pago de aportaciones. Cuando se trate de la obligación de hacer los descuentos a que se refiere, la fracción III no se suspenderá por ausencias o incapacidades en términos de la Ley del Seguro Social.
Es por esto que, ponemos a su disposición la actualización de las fórmulas relacionadas con los días considerados en el cálculo de la amortización de INFONAVIT, conforme a la reforma del artículo 29 de la Ley de INFONAVIT.
Dentro del catálogo de Fórmulas, se agrega la fórmula VInfonavit_SuspendeAmort_Aus_e_Inc.
Por omisión, la fórmula VInfonavit_SuspendeAmort_Aus_e_Inc tendrá el valor 0 de acuerdo con el Artículo 29 de la Ley de INFONAVIT, publicado en DOF el 21 de febrero de 2025, por lo que, no se descontarán las ausencias e incapacidades de los Días de Infonavit.
Considere que, si tiene valor 1, si se descontarán y se mostrarán las ausencias e incapacidades de los Días de Infonavit.
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Nota:
En CONTPAQi Personia®, ponemos a su disposición el siguiente caso práctico donde encuentra la guía para conocer los cambios realizados dentro del catálogo de Fórmulas.
Caso Práctico: Reforma Ley INFONAVIT
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Fuente:
¿Qué se debe hacer si se quiere calcular las amortizaciones del Infonavit con la reforma anterior al 2025? en CONTPAQi Personia ®.
Si se desea realizar el cálculo de las amortizaciones con base a la reforma anterior, es necesario realizar lo siguiente:
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Nota:
Por omisión, la variable VInfonavit_SuspendeAmort_Aus_e_Inc tendrá el valor 0 de acuerdo con el Artículo 29 de la Ley de INFONAVIT, publicado en DOF el 21 de febrero de 2025, por lo que, no se descontarán las ausencias e incapacidades de los Días de Infonavit.
Le recomendamos validar con su fiscalista si decide cambiar este criterio para el cálculo de Infonavit.
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1. Hacer clic en el módulo Operación diaria y seleccionar el menú Catálogos.
2. Dentro de Catálogos, seleccionar la opción Fórmulas.
3. Localizar la fórmula VInfonavit_SuspendeAmort_Aus_e_Inc, en la categoría Deducciones y grupo Préstamos y Créditos.
4. En la ventana EDITANDO FÓRMULA, hacer clic en Editar Expresión
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5. En la ventana EDITANDO EXPRESIÓN FÓRMULA, cambiar el valor 0 a valor 1 en el campo Expresión.
6. Hacer clic en el botón Guardar.

7. Validar que en la ventana EDITANDO FÓRMULA, se muestre el valor 1 en el campo Expresión.
8. Hacer clic en Guardar.

9. Ingresar nuevamente a la nómina y calcular el periodo.
Fuente:
¿Qué hacer si a raíz de los cálculos generados por la reforma del Infonavit del 2025, se genera un Total negativo en el Sobrerecibo, a causa de las faltas o incapacidades reportadas?
Como se indica en la guía de llenado del Complemento de Nómina 1.2, "El valor del campo Total del CFDI al que se le incorpora el complemento de nómina no puede ser negativo.", lo cual se contrapone a algunos cálculos que pueden dar un Total Negativo (Percepciones y Otros Pagos menos Deducciones) esto como resultado de la nueva reforma del Infonavit 2025, donde ahora al no restarse ausentismos e incapacidades del cálculo de la amortización del crédito Infonavit, puede resultar que sus Percepciones y Otros Pagos sean menores al total de deducciones del periodo dando como resultado un valor Negativo en el Total.
Para estos casos, es necesario validar con su fiscalista que se hará con el monto del crédito que provoca un neto negativo en el trabajador, sin embargo, dentro del sistema para poder autorizarlo, es necesario dejar el recibo en cero modificándolo de manera manual.
Fuente:
¿Cómo dar de alta un nuevo tipo de periodo adicional en CONTPAQi Personia®?
1. Ingresar a CONTPAQi Personia®.2. Ir al menú de Operación Diaria / Catálogos.

3. Seleccionar la sección de Períodos.
4. Dar clic sobre el botón de "agregar tipo periodo adicional +" ubicado en la parte superior.

5. Seleccionar el tipo de periodicidad que tendrá el nuevo tipo de periodo.

6. Configurar los datos requeridos para el tipo de periodo de acuerdo a las necesidades de la empresa.

7. Dar clic en Guardar.
Fuente:
¿Qué es y cómo aplicar el Cálculo Anual en CONTPAQi Personia®?
Es una disposición prevista en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) que obliga a los empleadores a realizar el cálculo anual (Ingresos - Deducciones anuales y comparativa de pagos provisionales contra el ISR anual causado).
El cálculo anual se podrá aplicar desde diciembre del ejercicio vigente hasta noviembre del siguiente ejercicio.
1. Ir al menú Procesos / Cálculo Anual.
2. Sobre el campo "Ejercicio", seleccionar el ejercicio.
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Nota:
Por omisión, se mostrará el ejercicio inmediato anterior al ejercicio del primer periodo que se tenga en la empresa de cualquier tipo de periodo.
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3. Marcar o desmarcar la opción "Considerar colaboradores sin ISR en el ejercicio", según corresponda.
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Nota:
Si esta opción está deshabilitada, no se realizará el cálculo anual a los colaboradores que en la columna Impuesto retenido sea igual o menor a 0 y el checkbox de la columna Aplica cálculo, se deshabilitará y en la columna y filtro Causa, se mostrará "El colaborador no tuvo retención de ISR dentro del ejercicio.
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4. Sobre el campo "Concepto para aplicar saldo a favor", seleccionar el Concepto para aplicar saldo a favor.
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Nota:
Si el cálculo se realiza en el mes de diciembre, se mostrarán los conceptos OP001 D50 Reintegro de ISR retenido en exceso y OP004 D55 ISR a compensar, por omisión, se mostrará el concepto OP004, si el cálculo se realizará en los meses de enero a noviembre se mostrarán los conceptos OP005 D104 Reintegro de ISR retenido en exceso del ejercicio anterior y OP004 D55 ISR a compensar, por omisión, se mostrará el concepto OP001.
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5. Sobre el campo "Aplica Cálculo", definir el filtro de colaboradores que deseas mostrar.
6. Sobre el campo "Causa", seleccionar los motivos de las posibles causas por las cuales no se le realizó el cálculo anual al colaborador que se desea mostrar.
7. Hacer clic en el botón "Calcular".
8. Validar los cálculos realizados y realizar los ajustes correspondientes, de ser el caso.
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Nota:
Si hay empleados a los cuales no se les aplicará el cálculo anual, se deberá deshabilitar la casilla de la columna Aplica cálculo, se mostrará el motivo de la causa como "Colaborador solicitó no hacer cálculo anual".
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9. Hacer clic en el botón Guardar para almacenar el resultado obtenido de todos los colaboradores, aun cuando tengan saldo igual a $0 y la columna Aplica cálculo sea igual a No.
10. Validar que se realicen los ajustes correspondientes en la nómina vigente.
Nota: Para mayor referencia consultar la ayuda integrada dentro del aplicativo.
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Importante:
En caso de realizar cualquier modificación se recomienda consultar con su contador o fiscalista previamente.
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Fuente: