Complemento Carta Porte versión 2
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Carta Porte versión 2

 
El pasado 26 de octubre de 2021 se publicaron en la página del SAT cuatro diferentes “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento de carta porte” de acuerdo con el tipo de transporte que se utilice, así como la versión 2.0 del “Estándar de carta porte”, se actualizó el documento de “Preguntas Frecuentes” y los “Catálogos del Complemento”
 
Entre los principales cambios se encuentran los siguientes:
 
Se incorporan 11 apéndices en cada “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento de carta porte”, quedando de la siguiente manera:
 
 
 
En la versión 2.0 del “Estándar de Carta Porte” se eliminan algunos campos y se adicionan nuevos datos, entre los cuales mencionamos los siguientes:
 
Importante
 
Recuerda que para efectos de lo dispuesto en los artículos 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte antes del 31 de marzo de 2022 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.
 
 
 
 
Errores que pueden contener los comprobantes con Complemento Carta Porte:
 
1. Errores que pueden cometer los contribuyentes en el CFDI sin necesidad de pasar por una validación por parte del SAT. 
 
Ejemplo: Forma de pago 03 (Transferencia) cuando en realidad fue 04 (Tarjeta de crédito).
 
2. Errores que pueden cometer los contribuyentes en el CFDI y no serán timbrados debido a validaciones por parte de la autoridad. 
 
Ejemplo: Clave de Producto y Servicio 78141504 (Refacturación de fletes manejados por proveedores o vendedores) en un CFDI de tipo Ingresos. 
Este CFDI no será timbrado porque la Clave 78141504 no corresponde con la siguiente regla de validación:  
 
Cfdi:Comprobante:Conceptos:Concepto:ClaveProdServ Validar: Cuando el atributo “Comprobante:TipoDeComprobante” contenga el valor “I”, que corresponde a la descripción de “Ingreso”, se debe registrar alguna de las siguientes claves de servicio: 78101500, 78101501, 78101502, 78101503, 78101600, 78101601, 78101602, 78101603, 78101604, 78101700, 78101701, 78101702, 78101703, 78101704, 78101705, 78101706, 78101800, 78101801, 78101802, 78101803, 78101804, 78101806, 78101807, 78101900, 78101901, 78101902, 78101903, 78101904, 78101905, 78102200, 78102201, 78102203, 78102204, 78102205, 78121603, 78141500, 78141501, 84121806, 92121800, 92121801 o 92121802.  
 
Revisando los puntos anteriores podemos concretar que los contribuyentes podrán cometer errores de acuerdo con el punto 1 sin ser acreedores a una multa o ser sancionados, pero no podrán cometer errores del punto 2, ya que ni siquiera será timbrado su CFDI.  
 
 
Importante
 
Considera que no se trata de una prórroga debido a que la obligación comienza el 1 de enero de 2022, sino de un periodo de adaptación para emitir tus CFDI con Complemento Carta Porte de manera correcta.