Moneda Moneda Antes (Anexo 20 versión 3.2)
Descripción: Atributo opcional para expresar la moneda utilizada para expresar los montos Uso: Opcional Tipo Base: xs:string Espacio en Blanco: Colapsar Ahora (Anexo 20 versión 3.3)
Descripción: Atributo requerido para identificar la clave de la moneda utilizada para expresar los montos, cuando se usa moneda nacional se registra MXN. Conforme con la especificación ISO 4217. Uso: Requerido Tipo Especial: catCFDI: c_Moneda
Descripción: Atributo ahora requerido para identificar la clave de la moneda utilizada para expresar los montos. Cuando se usa moneda nacional se registra “MXN”, conforme con la especificación ISO 4217. Ahora existe un catálogo (c_Moneda) con las distintas claves de monedas para poder expresar el valor. Con las modificaciones a este atributo se evitarán los constantes errores en los CFDI al momento de registrar los nombres de las monedas, haciendo más uniforme la información. El uso de decimales, está especificado en el catálogo de monedas. Tipo Especial: Catálogo c_Moneda Guía de llenado: Se debe registrar la clave de la moneda utilizada para expresar los montos, cuando se usa moneda nacional se registra "MXN", conforme con la especificación ISO 4217. Las distintas claves de moneda se encuentran incluidas en el catálogo C_Moneda. Ejemplo: Moneda= “MXN” Marco legal CFF: Artículo 20.- Las contribuciones y sus accesorios se causarán y pagarán en moneda nacional. Los pagos que deban efectuarse en el extranjero se podrán realizar en la moneda del país de que se trate. Para determinar las contribuciones y sus accesorios se considerará el tipo de cambio a que se haya adquirido la moneda extranjera de que se trate y no habiendo adquisición, se estará al tipo de cambio que el Banco de México publique en el Diario Oficial de la Federación el día anterior a aquél en que se causen las contribuciones. Los días en que el Banco de México no publique dicho tipo de cambio se aplicará el último tipo de cambio publicado con anterioridad al día en que se causen las contribuciones. Regla de validación: Si es diferente de MXN y XXX, debe existir el tipo de cambio. MXN (Peso Mexicano) XXX (Los códigos asignados para las transacciones en que intervenga ninguna moneda) Si es XXX no debe existir el tipo de cambio, si es MXN puede omitirse el atributo TipoCambio y si se incluye debe tener el valor "1". Si el TipoDeComprobante es N, este atributo debe tener el valor MXN. Tomar del catálogo de monedas la cantidad de decimales que acepta la divisa y los atributos con tipo de dato importe deben ser redondeados hasta esa cantidad de decimales (cero y hasta cuatro decimales).