UsoCFDI UsoCFDI Antes (Anexo 20 versión 3.2) No existía Ahora (Anexo 20 versión 3.3) Descripción: Atributo requerido para expresar la clave del uso que dará a esta factura el receptor del CFDI. Uso: requerido Tipo Especial: catCFDI:c_UsoCFDI
Descripción: Nuevo atributo requerido para expresar la clave del uso que dará a esta factura el receptor del CFDI. Ahora existe un catálogo c_UsoCFDI Tipo Especial: c_UsoCFDI Guía de llenado: Se debe registrar la clave que corresponda al uso que le dará al comprobante fiscal el receptor. La clave que solicite el receptor (física o moral) que se registre en este campo, debe corresponder con los valores indicados en el catálogo c_UsoCFDI. En el caso de que se registre una clave distinta al uso del CFDI que le dará el receptor del comprobante, no será motivo de cancelación o sustitución, así como también no afectará para su deducción o acreditamiento de impuestos. Preguntas Frecuentes: ¿Se deberá cancelar el CFDI cuando el receptor dará un uso diferente al señalado en el campo UsoCFDI? No, en caso de que se registre una clave distinta al uso del CFDI que le dará el receptor del comprobante, no será motivo de cancelación o sustitución, y no afectará para su deducción o acreditamiento de impuestos. Fundamento Legal: Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT. Ejemplo: UsoCFDI = “G03” Regla de validación: Debe ser un valor dentro del catálogo publicado por el SAT. El valor que se registre en este atributo debe aplicar para el tipo de persona del receptor, es decir, si el RFC tiene longitud de 12 posiciones, debe ser de persona moral y si tiene longitud de 13 posiciones debe ser de persona física.