MetodoPago
MetodoPago
Antes (Anexo 20 versión 3.2) Descripción: Atributo requerido de texto libre para expresar el método de pago de los bienes o servicios amparados por el comprobante. Se entiende como método de pago leyendas tales como: cheque, tarjeta de crédito o débito, depósito en cuenta, etc. Uso: requerido Tipo Base: xs:string Longitud Mínima: 1 Espacio en Blanco: Colapsar Ahora (Anexo 20 versión 3.3) Descripción: Atributo condicional para precisar la clave del método de pago que aplica para este comprobante fiscal digital por Internet, conforme al Artículo 29-A fracción VII incisos a y b del CFF. Uso: Opcional Tipo Especial: catCFDI:c_MetodoPago
Descripción: Atributo condicional para precisar la clave del método de pago que aplica para este comprobante fiscal digital por Internet, conforme al Artículo 29-A fracción VII incisos a y b del CFF. El Método de Pago es lo que antes se conocía como la Forma de Pago (Anexo 20 versión 3.2) Ahora existe el catálogo c_MetodoPago para identificar el valor: PUE = Pago en una sola exhibición. PPD = Pago en parcialidades o diferido. Tipo Especial: c_MetodoPago Guía de llenado: Se puede registrar la clave que corresponda dependiendo de si se paga en una sola exhibición o en parcialidades, las distintas claves de método de pago se encuentran incluidas en el catálogo c_MetodoPago. PUE = Pago en una sola exhibición. PPD = Pago en parcialidades o diferido. Se puede registrar la clave "PUE" (Pago en una sola exhibición), cuando se realice dicho pago al momento de emitir el comprobante. Se puede registrar la clave "PPD" (Pago en parcialidades o diferido), cuando se emita el comprobante de la operación y con posterioridad se vaya a liquidar su saldo, ya sea en una sola exhibición (diferido) o en varias parcialidades. En caso de que al momento de la operación se realice el pago de la primer parcialidad, se debe emitir el comprobante con el complemento para recepción de pago por la parcialidad. Ejemplo: MetodoPago=”PUE” Regla de validación: Si existe el complemento para recepción de pagos en este CFDI este atributo no debe existir. Marco legal: Artículo 29-A del CFF. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos: VII. El importe total consignado en número o letra, conforme a lo siguiente: a) Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición, en el momento en que se expida el comprobante fiscal digital por Internet correspondiente a la operación de que se trate, se señalará expresamente dicha situación, además se indicará el importe total de la operación y, cuando así proceda, el monto de los impuestos trasladados desglosados con cada una de las tasas del impuesto correspondiente y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos. b) Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un comprobante fiscal digital por Internet por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y se expedirá un comprobante fiscal digital por Internet por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, los cuales deberán señalar el folio del comprobante fiscal digital por Internet emitido por el total de la operación, señalando además, el valor total de la operación, y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el inciso anterior. Preguntas Frecuentes: Si se emite un CFDI con la versión 3.2 durante el periodo del 1 de julio al 30 de noviembre de 2017, ¿Se debe indicar la opción 99 "Por definir" en el campo Método de Pago cuando no se haya realizado el pago al momento de emitir un CFDI? No. Seguirá aplicando la expresión NA o cualquier otra análoga en el campo Método de Pago para la versión 3.2 del CFDI; la opción 99 "Por definir" sólo será aplicable a los CFDI emitidos con la versión 3.3.