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Cambios en el proceso del cálculo anual

C5830, C5934, C5827, C5832, C5933, D2606
 
Beneficio
En esta versión se actualizó el módulo Cálculo anual para incluir los conceptos con las nuevas claves SAT, publicadas el 29 de noviembre de 2017, en el catálogo del complemento de nómina 1.2.
 
Además, se hicieron ajustes para hacer el Proceso del Cálculo anual más flexible:
 
Recuerda:
El Cálculo anual es una disposición prevista en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) que obliga a los empleadores a realizar el cálculo anual (Ingresos – Deducciones anuales y comparativa de pagos provisionales contra el ISR anual causado).
 
Excepciones del cálculo anual:
La LISR define excepciones para los empleadores en donde no tienen la obligación de presentar el Cálculo anual a sus empleados.
 
Estas excepciones son:
•  Los que hayan iniciado la prestación de servicios después del 1 de enero del año de que se trate o hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 1 de diciembre del año por el que se efectúe el cálculo.
• Las personas que hayan obtenido ingresos anuales por los conceptos a que se refiere la LISR, que excedan de $400,000.00.
• Las personas que comuniquen por escrito al retenedor que presentarán declaración anual de forma independiente.
 
 
 
Describiremos los cambios en el proceso del cálculo anual en las siguientes secciones: