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CONTPAQi® Nóminas 15.3.1

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Parámetro en configuración de empresas para cálculo proporcional o directo con la tabla 2023
C417540, C425168
 
 
Beneficio
A partir de esta versión, derivado de las nuevas reformas de vacaciones en el Catálogo de empresas, dentro de la pestaña Generales, se incluye un nuevo campo que almacena el criterio de tipo de prestación necesario para procesar las fórmulas internas en la aplicación para calcular los días de vacaciones del empleado con base a la nueva Reforma LFT.
 
Con este cambio, se modificó el convertidor de empresa para agregar el nuevo campo en la tabla de empresas NOM10000 tanto para convertir empresas al momento de abrirlas en la nueva versión, así como la creación de nuevas empresas.
 
 
 
Configuración
Para los colaboradores que ingresen a laborar en la empresa a partir de 2023, se aplicará las vacaciones con los valores especificados en la reforma, vigente a partir del 1 de enero de 2023, por lo cual, para el primer año serán 12 días de vacaciones; y el factor mínimo de integración, por tanto, será 1.0493.
 
Para los colaboradores que actualmente están laborando en la empresa y tienen antigüedad, para determinar cómo se realizará el cálculo de las vacaciones que aplican en 2023, se incluye un nuevo parámetro en el Catálogo de empresas, dentro de la pestaña Generales, para que puedas indicar el criterio que desees aplicar para el cálculo de vacaciones y factor de integración.
 
Actualmente existen dos criterios de cómo calcular las vacaciones de un empleado que tiene una parte de vacaciones devengadas en el año 2022 y otra parte de vacaciones devengadas en 2023.
 
 
 
 
Al ingresar al Catálogo de empresas y seleccionar la pestaña Generales, en la sección Datos generales de la empresa, se incluye un nuevo campo Días de vacaciones, en el cual podrás elegir la opción para calcular los días de vacaciones del empleado con base a la nueva Reforma LFT.
 
 
Al desplegar el listado, se mostrarán las siguientes opciones:   
 
 
Ejemplo:
Empleado 1; fecha de alta 03/07/2022
Para 2023 se consideran:
Días de vacaciones: Se consideran los días que aplican con la reforma:  12 días
Factor de integración: 1.0493
 
 
Ejemplo:
Empleado 1; fecha de alta 03/07/2022
Para 2023 se consideran:
Días de vacaciones: Parte proporcional de lo laborado en 2022 y parte proporcional de lo laborado en 2023:  9.01 días
Factor de integración: 1.0473
 
Por omisión, se mostrará la opción Días reforma entrada en vigor (Criterio días completos), sin embargo, puedes cambiarla si así lo requieres.
 
Te recomendamos validar con tu especialista o abogado laboral el criterio que aplicarás.
 
Dependiendo la opción que se elija, se realizará el cálculo del Salario Diario Integrado (SDI), Vacaciones, Prima vacacional, Cálculo de vacaciones en finiquito, Reportes, conforme a los días indicados.
 
Importante
 
Te recomendamos consultar con tu asesor laboral, fiscalista o abogado, el criterio a considerar para el cálculo de las vacaciones de tus empleados.
 
 
 
Si determinas aplicar el criterio de días proporcionales, podrás seleccionar la opción en el momento que lo decidas.
 
 
Importante
 
Para que puedas revisar cómo se realiza el cálculo con el criterio proporcional, hemos preparado una cédula de apoyo, que podrás descargar en el siguiente enlace: Cédula cálculo proporcional de vacaciones Reforma LFT 2023
 
 
 
Los procesos que están preparados para el cálculo de las vacaciones y factor de integración con los cambios de la reforma son: