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CONTPAQi® Nóminas 15.3.1

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Reforma LFT en materia de Vacaciones

C417531
 
 
Beneficio
A partir de esta versión, en CONTPAQi® Nóminas, estamos preparados para el nuevo cálculo de vacaciones con base a la nueva reforma fiscal.
 
Este cambio que implica el aumento a 12 días de vacaciones por cada año laborado en la empresa para los empleados a partir del 01 de enero del 2023, es por ello que, conlleva una actualización en los cálculos y procesos del sistema para que las vacaciones se calculen conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
 
Recuerda
 
A partir del 01 de enero del 2023 se otorgarán 12 días de vacaciones por año laborado al empleado.
 
 
Como primera instancia, te describiremos el proceso del cálculo de vacaciones, otorgando los días proporcionales considerando la antigüedad de los empleados.
 
Para esto, es importante conocer las tablas de prestaciones que estarán involucras en el cálculo de las vacaciones, según corresponda el aniversario laboral del empleado:
 
  En vigor 01/01/1970 - 31/12/2022
 
Antigüedad
Días de vacaciones
% de Prima vacacional
Días de aguinaldo
Factor de integración
1
6
25
15
1.045205
2
8
25
15
1.046575
3
10
25
15
1.047945
4
12
25
15
1.049315
De 5 a 9
14
25
15
1.050685
De 10 a 14
16
25
15
1.052055
De 15 a 19
18
25
15
1.053425
De 20 a 24
20
25
15
1.054795
De 25 a 29
22
25
15
1.056164
De 30 a 34
24
25
15
1.057534
De 35 a 39
26
25
15
1.058904
De 40 a 44
28
25
15
1.060274
45
30
25
15
1.061644
 
  En vigor 01/01/2023
 
Antigüedad
Días de vacaciones
% de Prima vacacional
Días de aguinaldo
Factor de integración
1
12
25
15
1.049315
2
14
25
15
1.050685
3
16
25
15
1.052055
4
18
25
15
1.053425
5
20
25
15
1.054795
De 6 a 10
22
25
15
1.056164
De 11 a 15
24
25
15
1.057534
De 16 a 20
26
25
15
1.058904
De 21 a 25
28
25
15
1.060274
De 26 a 30
30
25
15
1.061644
De 31 a 35
32
25
15
1.063014
De 36 a 40
34
25
15
1.064384
De 41 a 45
36
25
15
1.065753
 
 
Importante
 
A partir del 01 de enero del 2023 el cálculo de vacaciones se realizará conforme a la tabla de Prestaciones de Ley que entra en vigor el 01/01/2023.
 
 
 
 
 

Opciones disponibles para el cálculo de vacaciones y factor de integración.

Para los colaboradores que ingresen a laborar en la empresa a partir de 2023, se aplicarán las vacaciones con los valores especificados en la reforma, vigente a partir del 1 de enero de 2023, por lo cual, para el primer año serán 12 días de vacaciones; y el factor mínimo de integración, por tanto, será 1.0493.
 
Para los colaboradores que actualmente están laborando en la empresa y tienen antigüedad, para determinar cómo se realizará el cálculo de las vacaciones que aplican en 2023, se incluye un nuevo parámetro en el Catálogo de empresas, dentro de la pestaña General, para que puedas indicar el criterio que desees aplicar para el cálculo de vacaciones y factor de integración.
 
Actualmente existen dos criterios de cómo calcular las vacaciones de un empleado que tiene una parte de vacaciones devengadas en el año 2022 y otra parte de vacaciones devengadas en 2023.
 
 
Sin embargo, tú podrás elegir en el sistema el criterio que decidas aplicar.
 
El nuevo campo “Días de vacaciones”, del catálogo de empresas, tiene dos opciones:
 
Ejemplo: Empleado 1; fecha de alta 03/07/2022
Para 2023 se consideran:
Días de vacaciones: Se consideran los días que aplican con la reforma:  12 días
Factor de integración: 1.0493
 
Ejemplo: Empleado 1; fecha de alta 03/07/2022
Para 2023 se consideran:
Días de vacaciones: Parte proporcional de lo laborado en 2022 y parte proporcional de lo laborado en 2023:  9.01 días
Factor de integración: 1.0473
 
Por omisión, en el sistema estará seleccionada la opción Días Reforma entrada en vigor (Criterio días completos).
 
Si determinas aplicar el criterio de días proporcionales, podrás seleccionar la opción en el momento que lo decidas.
 
Para que puedas revisar cómo se realiza el cálculo con el criterio proporcional, hemos preparado una cédula de apoyo, que podrás descargar en el siguiente enlace: Cédula cálculo proporcional de vacaciones Reforma LFT 2023