Nuevo Esquema de Cancelación
Introducción
Situación actual
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Cancelación sin Aceptación
Escenarios
Cancelación con Aceptación No Cancelable
Escenarios de Cancelación Cuando el Receptor rechaza la solicitud de cancelación Ejemplo: Cuando el receptor ya realizó el cierre de mes, periodo o ejercicio.
Cuando el Emisor canceló la factura en el sistema CONTPAQi® y no ha realizado Aviso de Cancelación al SAT (Esquema anterior) Fecha posterior del 1 de noviembre de 2018 El usuario realizó la factura con Folio: 500 el 20 de septiembre de 2018, pero el 10 de octubre de 2018 se percata que existe un error en el documento por lo que procede a cancelarlo y realizar la afectación en el sistema, el aplicativo hace mención que se debe de realizar el aviso de cancelación al SAT, pero el usuario omite este paso. Llega el 1 de noviembre y ya se encuentra vigente el nuevo esquema de cancelación al SAT. El usuario dejó pendiente dar aviso de cancelación por lo que el comprobante aún esta vigente ante la autoridad, pero al entrar en vigor el nuevo esquema, se tendrá que realizar el proceso de aceptación o rechazo. Deberás utilizar el nuevo esquema de cancelación. En este caso, se presentan dos escenarios: 1. El receptor acepta la solicitud de cancelación 2. El receptor rechaza la solicitud de cancelación Problemática : ¿Qué pasa si al llegar el 1 de noviembre se procede a realizar la cancelación pero el receptor rechaza la solicitud, siendo que en el sistema ya se realizo la afectación de saldos y existencias? Cuando el receptor rechaza la solicitud de cancelación y ya se había cancelado el documento en el sistema CONTPAQi®
Importante: La recomendación de volver a capturar el documento, se debe a que no existe dentro de los sistemas CONTPAQi® un mecanismo para dar reversa a la cancelación de un documento timbrado, ya que la cancelación regresa las existencias de productos a su estado original, y en el caso de manejar series, lotes o pedimentos, estos pudieran ser utilizados desde otro documento. Recomendación en sistemas CONTPAQi® Si como emisor tienes la necesidad de cancelar un documento después del 31 de octubre de 2018, te recomendamos primero realizar la solicitud de cancelación desde el portal del SAT y después de autorizada, realizar la cancelación en tu sistema CONTPAQi®. Importante: Esta recomendación aplica mientras CONTPAQi® libere las versiones de los sistemas en donde se incluye el proceso del nuevo esquema de cancelación.
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