Nuevo Esquema de Cancelación
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Cancelación sin Aceptación
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Cancelación con Aceptación No Cancelable
Introducción Actualmente el proceso de cancelación de CFDI se genera por el emisor de forma automática, lo que provoca el problema de cancelaciones injustificadas o dolosas de facturas o comprobantes ya pagados. Con la reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) para el 2017 se modificó el Artículo 29-A, con el cual se habilita a los contribuyentes receptores del CFDI para que sean informados de dicha cancelación y estén en posibilidad de aceptarla o rechazarla. Para identificar si un CFDI es cancelable, existen tres estatus posibles: No Cancelable Cancelable sin aceptación Cancelable con aceptación No cancelable: son comprobantes que tienen por lo menos un documento relacionado vigente. El proceso de cancelación dentro del sistema electrónico integral del SAT consiste en lo siguiente: El emisor del CFDI envía una solicitud de cancelación al receptor de la factura, conforme al siguiente procedimiento: El emisor ingresa una solicitud de cancelación de un CFDI a traves del “Servicio de Cancelación de Factura Electrónica” en el Portal del SAT. El Buzón Tributario recibirá del “Servicio de Cancelación de Factura Electrónica” los siguientes datos: RFC, Nombre del emisor y folio(s) fiscales de la(s) factura(s) a cancelar y enviará un mensaje de interés al correo electrónico del receptor del CFDI con la siguiente información: * Recibiste una solicitud de cancelación de factura, consulta tu Buzón Tributario. El receptor del CFDI ingresa al Buzón Tributario y procede a abrir la notificación (mensaje) de la solicitud de cancelación recibida, mismo que contendra lo siguiente: a) Mensaje 1 <<Nombre emisor>> solicita la cancelación de la(s) factura(s) con folio(s) <<números de folio>>, cuentas con tres días a partir de la fecha del depósito de este mensaje, para aceptar o rechazar la solicitud de cancelación; en caso de que no envíes una respuesta, la cancelación se aceptará automáticamente. b) Mensaje 2 <<Nombre emisor>> solicita la cancelación de la(s) factura(s) con folio(s) <<números de folio>>; en caso de que no envíes una respuesta en un periodo de tres días a partir de la fecha del depósito de este mensaje, la cancelación se rechazará automáticamente. Nota. El Mensaje 2 se enviará al receptor a partir de la segunda petición de cancelación, porque el receptor rechazó la primer solicitud. Posteriormente, el receptor debe ingresar al “Servicio de Cancelación de Factura Electrónica” que se encuentra en el Portal del SAT, para aceptar o rechazar la solicitud de cancelación de CFDI. El receptor del CFDI contará con tres días hábiles, a partir de la recepción de la solicitud de cancelación, para responder por el mismo medio si acepta o rechaza la cancelación. Si al término de esos tres días el receptor no ha dado una respuesta, el SAT considerará como aceptada la cancelación del CFDI. Motivos por lo que se puede cancelar una factura Una factura puede cancelarse entre otros, cuando: Contiene datos incorrectos, como RFC, nombre o razón social, domicilio, entre otros. No se realizó el pago de la factura. Hay errores en el manejo de los conceptos Presenta inconsistencia en los importes, impuestos, entre otros. No se respetaron las condiciones comerciales pactadas entre el emisor y receptor. Estatus del Proceso de Cancelación Vigente No cancelable Cancelable sin aceptación En proceso Solicitud Rechazada Cancelado Cancelado plazo vencido Cancelado con aceptación Cancelado sin aceptación Entrada en vigor
 La Obligatoriedad será a partir del 1 de noviembre de 2018.
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